PAP Bonos: Descuentos en farmacias

Los laboratorios farmacéuticos son una de las entidades de las cuales se espera tener algún tipo de descuento, esto resulta por la demanda de los medicamentos en la actualidad. Los bonos PAP es un sistema de promoción que utilizan todos los laboratorios farmacéuticos, es un sistema promocional de pague 1 y llévese 2.

¿Cómo conseguir estos bonos?

Primeramente, debe consultar al médico que lo atiende si está afiliado con estas industrias farmacéuticas, luego estos profesionales deben de darle el bono completado, firmado y sellado por el médico. En el mismo bono se presenta un número telefónico, el cual puede utilizar para llamar y preguntar por las farmacias que están adheridas a la promoción de los bonos PAP.

Luego de haber realizado la compra del medicamento, le brinda al farmacéutico una cierta cantidad de dinero y luego le brindan el otro medicamento gratis.

¿Qué farmacias atienden el sistema PAP?

  1. Droguería Monroe America S.A
  2. Droguería Kellerhoff S.A
  3. Asoprofarma Coop. de Provision LTDA.
  4. Cofarmen-Coop. Farm. Mendoza LTDA.
  5. Drogueria Suizo
  6. Drogueria Argentina S.R.L
  7. Cofaral-Coop. Farm Alberdi LTDA.
  8. Drogueria Cofarsur Saciie
  9. Cofaloza-Coop. Fcias. Lomas de Zamora
  10. Coop. Farm. del Litoral LTDA.
  11. Drogueria Belgrano S.R.L
  12. Drogueria Farma del Centro S.R.L
  13. Drogueria Pico S.A
  14. Drogueria Arias S.R.L
  15. Carletto
  16. Acofar Central
  17. Acofar MDQ
  18. Drogueria Jufec
  19. 20 de junio
  20. Barracas
  21. Suizo-junin

Para los establecimientos farmacéuticos deben completar la siguiente solicitud de adhesión:

El que suscribe …………………………………………….. D.N.I.N……………………………. En mi carácter de único propietario, socio gerente, socio comanditado, apoderado (tachar lo que no corresponde), según consta en la documentación adjunta, de la FARMACIA denominada …………………………………………, en adelante LA FARMACIA sita en …………………………………………………………de la ciudad de ……………………………………………………….., provincia de …………………………………………………………, solicito ser incorporado al PAP –PRESERFAR ADMINISTRACION DE PROMOCIONES, el sistema integrado de administración de promociones, creado por PRESERFAR S.A con domicilio en Esmeralda 684 piso 4 de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante PRESERFAR, destinado a viabilizar la promociones ofrecidas por los laboratorios al público en general.

Las promociones son beneficios al paciente a cargo del laboratorio, que se generan con la prescripción del médico y entrega de un bono PAP que permite a la FARMACIA la dispensa de la promoción. El PAP y mi adhesión al sistema se rigen de acuerdo con las siguientes cláusulas y condiciones:

  1. La farmacia adhiere al sistema PAP mediante la firma y entrega de esta solicitud de adhesión a PRESERFAR S.A.
  2. Una vez solicitada el alta, PRESERFAR requerirá la aceptación de la FARMACIA por parte de droguerías solicitadas y comunicará a la FARMACIA el código asignado, quedando activa e incorporada a PAP en ese momento. La adhesión de la farmacia PAP obliga a esta a atender todas las promociones vigentes en el sistema.
  3. La dispensa de las promociones se regirán por esta adhesión de farmacia F-ADFAR-01, el instructivo de dispensación I-FARMA-01 o en los que el futuro se comuniquen y los requisitos que exija el bono PAP en particular para la promoción, las que deberán ser verificadas por la farmacia en cada oportunidad de validación de una promoción. Las dispensas que no se ajusten serán debitadas y no darán derechos a reclamos de daños ni perjuicios de ningún tipo.
  4. Con la asignación del código de validación de la operación, la FARMACIA recibirá de la droguería la reposición de la unidad promocionada y/o una nota de recupero de crédito equivalente.
  5. Quincenalmente PAP emitirá notas de recupero de descuentos a favor de las FARMACIAS para que estas las aplique contra la droguería seleccionada en cada oportunidad de validación de un bono, o el crédito equivalente dependiendo de cada promoción en particular.
  6. Las notas de recupero de descuento podrán ser descargadas de la página web www.bonospap.com.ar o retiradas en el domicilio que indique PRESERFAR.
  7. La farmacia deberá remitir quincenalmente los bonos validados para su auditoria física. PRESERFAR verificará si la despensa realizada cumplió con las normas del sistema. En caso de verificarse incumplimientos o la falta de remisión de los bonos, PRESERFAR podrá realizar los débitos correspondientes a los de la próxima liquidación. Pasados 60 días de la recepción de los bonos en PRESERFAR la liquidación del periodo quedará firme y no podrán realizarse débitos. Queda perfectamente aclarado que los débitos por diferencia de precios, deficiencias en la provisión según las normas establecidas y/o cualquier otra causa que no cumpla con dichas normas, serán soportados exclusivamente por la farmacia o podrán ser reclamados por PRESERFAR.
  8. Por el servicio de dispensa de la FARMACIA, el paciente abonará la suma de pesos indicada del bono y por todo concepto o en la que en el futuro fije el sistema. No teniendo la Farmacia nada más que reclamar a PRESERFAR por este concepto.
  9. La farmacia se obliga a entregar al paciente o beneficiario del bono PAP de forma gratuita la bonificación que fije la promoción en el bono PAP, renunciando a percibir de estos cualquier tipo de pago que no esté establecido por la presente adhesión o comunicado por el PRESERFAR.

Para obtener más información de este formulario puede visitar el siguiente sitio web:

http://www.bonospap.com.ar/Archivos/F-ADFAR-01.pdf

 

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